sábado, 19 de junio de 2010

Mapa de la homosexualidad en Latinoamérica


Por P. Lazcano / C. Yáñez – (La Nacion)


Mientras México, Colombia, Brasil y Uruguay ya suman leyes que legitiman la unión civil entre personas del mismo sexo, y Argentina está a las puertas del matrimonio gay, la clase política local debate respecto a la conveniencia de legislar sobre la materia, un capítulo en el que el país se encuentra bastante relegado.
El próximo 14 de julio, justo en el día que se conmemora el aniversario de la Revolución Francesa, el Senado argentino debatirá sobre la posibilidad de modificar la ley de matrimonio y así permitir el casamiento homosexual.
La propuesta fue impulsada por numerosas agrupaciones de derechos humanos y elaborada formalmente por Vilma Ibarra, presidenta de la comisión de Legislación General de la Cámara de Diputados, y Silvia Augsburger, diputada del Partido Socialista.
Esta ley, que implica un considerable avance en cuanto a derechos de minorías, ya se aprobó en la Cámara de Diputados por 125 votos contra 109, tras un tenso debate que duró alrededor de 12 horas. Tras lograr la mayoría necesaria en la Cámara, la iniciativa ahora será tratada por el Senado, donde, de reunirse la mayoría necesaria, se convertirá en ley.
La propuesta pretende que el término de “hombre y mujer”, que figura en la ley actualmente, se reemplace por el de “contrayentes”. De esta forma, se estaría favoreciendo no sólo la posibilidad de contraer matrimonio más allá de la orientación sexual de los interesados, sino que además se brindaría el derecho a la adopción a padres y madres homosexuales, aspecto de la ley que potencia la polémica entre sectores ultra conservadores y religiosos en el país.
Si bien actualmente existe en la Argentina la posibilidad de que las parejas homosexuales puedan unirse civilmente, este enlace no brinda los mismos derechos que el matrimonio heterosexual: la unión civil priva a la pareja de la adopción conjunta, del derecho a la herencia en caso de muerte de uno de los contrayentes y de la obtención de la ciudadanía, en caso de que los “casados” fueran de distintas nacionalidades. El proyecto de ley actual busca que las parejas homosexuales puedan obtener también estos derechos.
Si la ley prospera, Argentina se uniría a países como Brasil y Uruguay (ver infografía), donde las uniones civiles ya están legitimadas, pero que en naciones como Chile aún están en discusión. “Chile es uno de los países de América del Sur más atrasados en estos tema. Junto a Perú y Bolivia somos los más atrasados en materia de derechos, igualdad jurídica ante la ley y en no tener políticas de no discriminación”, sintetiza Rolando Jiménez, presidente del Movimiento de Liberación Homosexual (Movilh).
“El país está en uno de los peores estadios, porque no tenemos ninguna normativa en contra de la discriminación por orientación sexual, excepto las ordenanzas municipales que hemos conseguido sacar en cuatro comunas del país: La Serena, Santiago, Chillán y Puerto Montt. Llevamos cinco años tramitando un proyecto en el Congreso que crea sanciones contra la discriminación sexual”, agrega el dirigente. “La clase política chilena es tremendamente conservadora en estos temas, desde el PC hasta la UDI”.
Situación en la región
La situación de los homosexuales en América Latina y el Caribe es diferente según el país.
En varias naciones hay algunos derechos que están asegurados pero pese a ellos, se dan algunas paradojas. En México por ejemplo, se aprobó el matrimonio entre homosexuales pero desde entonces ha aumentado el grado de homofobia en la sociedad.
En Brasil, uno de los más avanzados en la garantía de derechos para los homosexuales, sólo algunos estados reconocen las uniones civiles. Desde el gobierno, se ha desarrollado un programa de no discriminación denominado “Brasil sin homofobia” que es transversal a todos los servicios y ministerios y que ha funcionado bastante bien.
Uruguay también presenta algunos avances. Desde diciembre de 2007 existe el reconocimiento para las uniones civiles de las parejas homosexuales bajo el concepto de uniones concubinarias de distinto o igual sexo. Con ello, se garantizan derechos y obligaciones para las parejas heterosexuales y homosexuales que convivan más de cinco años sin interrupciones, como la asistencia recíproca, creación de sociedad de bienes, derechos sucesorios, cobro de pensiones por fallecimiento y otras disposiciones vinculadas a la seguridad social.
En septiembre del año pasado, también se señaló en los medios de comunicación la aprobación de una ley de adopción a parejas homosexuales, pero no fue tal. Lo que hubo fue una modificación que permite abrir las posibilidades de adopción a otras organizaciones que no estuvieran ligadas a la Iglesia Católica, pero no consagra explícitamente esa posibilidad para parejas de gays o lesbianas. De hecho, la ley se refiere a la adopción de concubinos, pero habla del orden de los apellidos del padre y de la madre, pero en una unión concubinaria homosexual no existe un padre y una madre.
Un caso especial también se da en Colombia. El país cuenta con una ley de uniones civiles entre personas del mismo sexo pero no existe un matrimonio que sea igual al de los heterosexuales y en esa lucha se encuentran hoy los grupos de defensa de los derechos homosexuales. Sin embargo, algunas parejas de gays han conseguido casarse apelando a los tribunales en forma particular, lo que con el tiempo podría generar una modificación legal a nivel nacional.
En Venezuela, hace dos años que se viene discutiendo una ley de matrimonio homosexual o de unión civil, pero todavía no se consigue reconocer las “asociaciones de convivencia” entre personas del mismo sexo, como se les ha llamado.
Los más atrasados
Bolivia es otro ejemplo de paradoja. Según Wilmer Galarza, presidente del Comité de Diversidades Sexuales y Genéricas de Cochabamba, mientras el Presidente (Evo Morales) hizo afirmaciones “sobre el pollo y las desviaciones del ser de hombres, la ministra de Justicia envió a nuestra organización una réplica aclarando estas afirmaciones y recordando que la Constitución de ese país prohíbe toda forma de discriminación basada en el sexo, color, edad, orientación sexual (…)”. Pero pese a la aclaración, también se modificó la antigua ley de matrimonio civil que decía que el matrimonio era entre dos personas y se le agregó “un hombre y una mujer”.
Perú es otra de las naciones atrasadas en la región. Según Crissthian Olivera Fuentes, director ejecutivo del Movimiento Homosexual de Lima (MHOL), “la ley peruana no sanciona la homosexualidad explícitamente. Lo que ocurre en la práctica es que se suele usar mucho la frase ‘moral y buenas costumbres’ (contempladas en algunas normas) para validar legalmente la sanción social sobre la homosexualidad”.
Tampoco se ha reconocido ningún tipo de derechos a las parejas del mismo sexo, pese a que existen algunos proyectos en este sentido.
Por último, hay una serie de ordenanzas distritales, provinciales y regionales contra la discriminación que incluyen de manera explícita la causal de orientación sexual e incluso algunas de ellas la identidad de género.
(*) Colaboración de Lucía Caleta desde Argentina

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